Рикардо Э. Родригес Молас. Социальная история гаучо. Ricardo E. Rodríguez Molas. Historia social del gaucho
Uncategorized August 4th, 2006
Pages: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70
Email This Post
|
Print It
|
| 726 views
lo que conviene recalcar es que la realidad demográfica,
a Archivo General de la Nación, Buenos Aires, División Co¬lonia, Sección Gobierno, Cabildo de Buenos Aires, Archivo, 1787. Son frecuentes los comentarios de las autoridades colo¬niales ante la falta de interés de los criollos por el culto cató¬lico, desvirtuando la afirmación de Francisco Company (La fe de Martín Fierro, Buenos Aires, Theoría, 1963) en sentido contrario. Como más adelante veremos mejor, lo que sí pue¬de observarse es un acentuado sincretismo con formas religio¬sas más primitivas. Recordemos las palabras del naturalista Azara al referirse al gaucho (Memorias sobre el estado rural, Madrid, 1847, pp. 4-11), cuando sostiene que en materia de re¬ligión católica sólo conocen su nombre, semejándose a los in¬dios. Y lo confirma un memorialista del siglo XVIII: “No se¬ría fácil encontrar paganos, idólatras, ni herejes entre los vecinos de nuestras campañas: todos ellos que tienen y confiesan (si se les pregunta) lo que enseña y predica la Santa Iglesia Cató¬lica: pero en las costumbres, en las inclinaciones y en el cono¬cimiento del verdadero Dios, poquísima será la diferencia, si hay alguna en estos campesinos a un gentil”. (Dos noticias sobre el estado de los campos de la Banda Oriental al finali¬zar el siglo XVIII, p. 382, documentos editados por Rogelio Brito Stífano en Revista Histórica, año XLVII, número 52-54, Montevideo, febrero de 1953).
104
el aislamiento de cada unidad del sistema productivo, la dispersión de los gauchos por la llanura y otros he¬chos similares impiden un control estricto por parte de la ideología tradicional. De todas maneras, lo esta¬mos viendo, esas carencias se suplen con la fuerza de las armas de los comandantes de campaña y alcaldes. Funcionarios que no pocas veces son analfabetos: por esa razón, informa el Cabildo de Buenos Aires en 1789, no pudo realizarse un padrón de hacendados (”Porque no pudiendo dar la comisión —escriben— a otros suje¬tos que a los alcaldes de la Santa Hermandad, se halla¬ba con la moral imposibilidad y con el tropiezo de que careciendo de la instrucción necesaria, pues ape¬nas los más sabían leer y malamente escribir”). Seño¬res de horca y cuchillo, son los mantenedores del or¬den y respeto del sistema. No pocos ascienden social-mente y entre sus descendientes figuran miembros de la élite del país, el grupo que gracias al frigorífico logra tres generaciones más tarde acumular ingentes fortunas.
Situaciones similares se plantean en Santa Fe y su jurisdicción, en Corrientes, Córdoba. . . Sin entrar en demasiados detalles, recordemos que en el partido de Paraná, en 1766, el alcalde de la Santa Hermandad dispone medidas similares a las adoptadas por sus pa¬res bonaerenses. Téngase presente: en todas plantea la más estricta discriminación económica y social, el deseo de potenciar la fuerza moral arcaica en los cam¬pesinos; de afianzarlos como servidores de los dueños de la tierra. Ordena que ningún vecino o forastero “hospede, abrigue ni fomente” a ladrones, vagabun¬dos, esclavos y perseguidos de la justicia. De no cum¬plirse lo establecido, confiscación de los bienes y cár¬cel”. De allí en más, nadie podrá cazar tigres y vacas cimarronas sin la correspondiente autorización. Penas corporales impone a los “mozos camperos” que salgan al campo a recoger caballos reyunos, es decir sin marca alguna. Nuevamente se menciona la obligación de con¬currir a la doctrina y a misa los días festivos. He aquí sus palabras:
a Archivo General de la Nación, Buenos Aires, División Co¬lonia, Sección Gobierno, Santa Fe, 1763-1770, legajo 5.
105
“Y por cuanto se ha quejado el señor cura y vicario de este partido de varías personas que con poco temor de Dios no de la capilla, menospreciando sus conti¬nuos abusos y exhortaciones debía mandar y mando que todo fiel cristiano concurriese a misa los días fes¬tivos y a la plática doctrinal”.
“Sin oficio ni beneficio” se escribe por 1771 sobre un desertor de blandengues de Santa Fea. Y al año siguiente, los hacendados temen “la libertad tan do¬minante” de quienes desean reformar en servidores, sus “costumbres relajadas” y la impotencia para so¬meterlos a satisfacción*. En 1772, dentro de la cons¬tante acción de control, se obliga a todos los asalaria¬dos a llevar consigo para poder transitar de un sitio a otro de la provincia una “licencia por escrito” fir¬mada por los alcaldes o jefes locales. Casi sin variantes, esa disposición se repite en el Código rural de la pro¬vincia, en 1901.
Tal fue siempre el punto de vista de los propieta¬rios. El sistema económico, desde luego, y sus cono¬cidas implicancias sociales, continúa con sus normas. No es posible mencionarlas a todas en su monótona reiteración. En 1804, Sobremonte recuerda a los asa¬lariados que deben servir a un señor: “que deben vivir asalariados por falta de oficios o bienes propios”. Im¬pone, al mismo tiempo, la papeleta, un documento que acredita la condición de servidor0. Debían re¬novarla periódicamente, castigándose el incumpli¬miento de la medida con dos meses de trabajos for¬zados, a ración y sin sueldo. Así, y sobre todo por el interés ya expuesto de los grupos minoritarios, Cor-nelio Saavedra, hijo de uno de los propietarios más acaudalados de la ciudad de Buenos Aires, en su con¬dición de síndico procurador de los vecinos, el 10 de enero de 1799 plantea su plan represivo de rígido control. Y escribe:
“Se sabe que la campaña abunda de gente ociosa,
” Archivo General de la Nación, Buenos Aires, División Co¬lonia, Sección Gobierno, Santa Fe, 1771-1773, legajo 6.
b Ibidem.
c Archivo General de la Nación, Buenos Aires, División Co¬lonia, Sección Gobierno, Bandos, 1799-1809.
106
cuyo vinculo de subsistencia consiste en el robo, jue¬go y otros criminales medios. Aun en esta ciudad ve¬mos que hay innumerables, cuya general ocupación es frecuentar pulperías y canchas públicas que hay en ella. Ocurre por lo mismo, para que cerrándose por ahora estas casas y prohibiéndose el juego y holgaza¬nería de las gentes de la campaña, se logre proporcio¬nar abundantemente a los cosecheros de manos útiles para recoger sus siembras. Una y otra cosa puede con¬seguirse por la autoridad de Vuestra Excelencia; la pri¬mera dando orden para que inmediatamente se cie¬rren las canchas que llaman de bolos, juego a que ma¬nifiestan más inclinación aquellas gentes; la segunda ordenando Vuestra Excelencia a todos los jueces de la campaña, celen con particular esmero sobre que las gentes de sus respectivos distritos y jurisdicción, y los que no tengan ocupación conocida se apliquen a aquel trabajo; que prohiban con todo rigor los juegos tan frecuentes en las pulperías y canchas de la campaña.”
Tal el lenguaje y la aspiración del estanciero Cor-nelio Saavedra, similar, en muchos de sus aspectos, al de sus pares de todos los tiempos. ¿Es necesario acla¬rar el estricto sentido de esas palabras? Las mismas ex¬presan, proviniendo de quien provienen, una aspira¬ción similar a la expuesta por los miembros del Ca¬bildo de Buenos Aires en 1788, al expresar que a los desocupados y ociosos debe obligárseles a vivir “bajo de cruz y campana en la población de su vecindario o parroquia, y si fuese posible en alguna de las fronte¬ras, libertando de este modo a la misma campaña de una gente tan perjudicial”.
Pues bien,, son los anteriores los deseos de los “es¬tancieros más racionales”. Y esto nos lleva a referirnos, en el contexto de las leyes que obligan a servir, nue¬vamente a la exclusión de la propiedad de la tierra a los más. Los propietarios latifundistas establecen no sólo el dominio sobre los bienes productivos, según viéra¬mos, paralelamente y por todos los medios posibles se aseguran la reserva de peones, mano de obra para sus estancias. Una y otra vez insisten en plantear actitu¬des similares a las expuestas en el capítulo precedente. En 1807, en la villa de Gualeguay, Entre Ríos, los ga-
107
naderos reunidos en cabildo abierto disponen que sólo los “estancieros más racionales” deben dedicarse a la cría de ganado vacuno0. Y si bien la Real Audiencia de Buenos Aires deja sin efecto tiempo después la disposi¬ción, la misma nos pone en contacto con las re
Tags: Argentina, artículo, Bolivia, Brasil, carta, Chile, cita, Cuba, cuento, economía, Ecuador, ensayo, Espana, filosofía, foto, geografía, historia, inca, Italia, italiano, memorias, MEXICO, monografía, nota, novela, pedagogía, Peru, pieza, poema, relato, sociología, traducción, versoRelated posts
Pages: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70










About



Leave a Comment
You must be logged in to post a comment.