26. [Continuando con el tema de los cohechos, hemos de decir que] al respecto de los virreyes, sucede con los demás, gobernadores, ministros de las audiencias y con los jueces, con sola la diferencia de no ser los regalos tan cuantiosos, y de que suelen no ir disimulados con el embozo de obsequios, porque el desahogo es tanto mayor, que llega al extremo de tratarse en público el ajuste de los negocios con el mismo desenfado y libertad que se hiciera en cualquier permitido contrato; por esto es regular que el que da más, tenga también más justicia. En prueba de lo cual podremos citar algunos casos de los que sucedieron en nuestro tiempo ciñéndonos a los más breves y omitiendo los demás para no ser molestos en su repetición.
27. Cuando pasamos por Panamá, se hallaba en tal constitución, tan unido el cuerpo de aquella Audiencia, y tan desacreditada la justicia, que entre los sujetos que formaban este tribunal había uno cuyo desahogo sobresalía al de los demás, y éste tenía a su cargo el ajustar los pleitos y convenirse con los interesados en el importe de las gracias, lo cual se practicaba tan sin reserva que andaba en almoneda la justicia y se le aplicaba al que más daba, de suerte que, después que tenía contratado con la una parte, sin cerrar el ajuste llamaba [a] la contraria y, suponiéndola que deseaba atenderla, la descubría la cantidad que la otra daba, instándola a que adelantase algo, para poder inclinar la voluntad de los demás ministros a su favor. Concluido el convenio y finalizado el ajuste, votaban todos a su contemplación, porque él venía a ser el que hacía valer el derecho de cada una de las partes, según el mérito de la que más se alargaba, y luego el producto se compartía entre todos.
28. Sucedió, pues, ínterin nos mantuvimos allí, que un maestre de navío ganó la voluntad del presidente [Dionisio Martínez de la Vega] para una licencia de hacer viaje a los puertos de Nueva España llevando los frutos que sobraban en Panamá, privilegio de que se hallaban en posesión los presidentes y que fuera bien concedido si no abusasen de él, porque con esta providencia se conseguirían dos beneficios bien grandes: el uno a favor del comercio, evitando la pérdida de los frutos que se pierden en aquel temperamento cuando por su abundancia no pueden tener pronto expendio, lo que resulta en perjuicio grande de sus interesados; y el otro, el de abastecer aquellos puertos, que por lo regular están muy escasos. Con la confianza que este maestre tenía en el favor del presidente, no se precaucionó en ganar también el de los oidores y, llegando el tiempo de que se ejecutase el viaje, después de tener cargado y listo el navío para hacerse a la vela, salió la Audiencia estorbándoselo, y fueron tan fuertes los motivos que hizo presentes para ello, que se le retiró la licencia, y el navío tuvo que volverse al Perú con una considerable pérdida. Pero poco tiempo después se le concedió por la Audiencia a otro la licencia que a esotro se le dificultó porque no se supo manejar.
29. El sujeto que estaba dirigiendo y corría con estos contratos sólo permaneció en aquella audiencia cosa de tres o cuatro años, porque fue ascendido a otra, y en tan corto tiempo tuvo él bastante para juntar un caudal que pasaba de 30.000 pesos. De aquí se puede inferir cuál sería el ingreso y cuál la conducta, debiéndose suponer que los salarios de los ministros de las Indias, aunque son bastantes para mantenerse con una decencia regular, según corresponde a su carácter, en ningún modo [son suficientes] para hacer caudal.
30. En la Audiencia de Quito se ofreció, del mismo modo, que el difinitorio de San Agustín ocurriese por vía de fuerza, pidiendo que se declarase la [nulidad de las censuras publicadas por] su provincial y que se le exhortase lo absolviese y habilitase en su ministerio, levantando una excomunión que había declarado contra todos los que lo componían, por no haber dado cumplimiento a una patente del general, la cual, presentada con advertencia por el mismo provincial en aquel tribunal anticipadamente, había declarado éste que debía correr y ponerse en ejecución; pero como el definitorio junto hizo resistencia a ello y estuvo constante en no admitirla, había publicado el provincial las censuras contenidas en ella misma, intra claustra, contra los que repugnasen o se opusiesen a su cumplimiento y los tenía privados de las funciones del definitorio. La Audiencia dilató algunos días la conclusión de este negocio, y en ellos tuvieron tiempo los jueces de hacer convenio con los interesados. Pero el mayor desahogo estuvo en el que presidía, porque públicamente estimulaba a los unos para que alargasen la estimación de su voto a la que los contrarios le daban; llamaba a los otros, y los persuadía a que acrecentaran la suma sobre la cantidad del partido opuesto y, por último, el que más pudo extenderse fue el que quedó victorioso.
31. El caso más digno de notar, que sucedió en aquella audiencia sobre este particular, fue el que avino con un sujeto en el seguimiento de un pleito, el cual estaba ya en tan mal estado por la pasión con que los jueces se habían declarado a favor del contrario, que tenía perdidas todas las esperanzas de conseguir en él nada favorable. Viéndose, pues, en el extremo de perder una finca que la parte contraria le tenía usurpada, y que no había medio para que los jueces le oyesen en justicia, acordó hacer delación de su derecho a favor de una señora, sobrina de uno de los ministros; y habiendo hablado con [éste], le dio a entender que, mediante a no tener herederos forzosos, determinaba, si ganaba el pleito, renunciar aquella finca (que era una hacienda) a favor de su sobrina, dotándola con ella porque su ánimo no era otro que el de que no se mantuviese el contrario con la usurpación de lo que no le pertenecía. Este ministro empezó a atenderlo desde entonces, y a desimpresionar a los demás del mal concepto en que estaban contra él, de suerte que consiguió inclinarlos a su favor y que ganase en vista y revista, y lo pusiesen en posesión de la alhaja. Cuando lo estuvo, pasó a visitar al ministro que había tomado por protector, y le dijo que le perdonase si no le cumplía la palabra, porque estaba tan necesitado que no podía usar galanterías con lo que había menester para mantenerse y le pertenecía de derecho; que lo que había ofrecido era únicamente para conseguir su fin, viendo que no había otro medio con que apartarlos de la injusticia que pretendían hacer contra él, pero que, a ley de agradecido, sabría gratificarle lo que había hecho, cuando la misma finca le usufructuase para ello, porque la cortedad de sus posibles no se lo permitían por entonces. Con esto quedó en posesión de su alhaja, no sin corto sentimiento de aquel ministro que, viéndose tan burlado en las esperanzas, no dejó de hacer sus mayores esfuerzos para tomar satisfacción del chasco.
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