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Хорхе Хуан и Антонио де Ульоа. Секретные сведения об Америке. Jorge Juan y Antonio de Ulloa. NOTICIAS SECRETAS DE AMERICA


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51. Al mismo respecto que las parcialidades se componen de seglares y eclesiásticos, la altivez de los genios y la libertad reina con igualdad en unos y en otros, con tanto exceso en estos últimos que hace criar nuevos alientos y que adquieran más bríos los primeros, confiados en que no les puede faltar su socorro cuando llega la ocasión de necesitarlo. Todo el estado eclesiástico está comprendido en este desorden, y las religiones (a excepción de la Compañía, que en todo sigue política muy contraria) son las que sobresalen más, mezclándose en los asuntos que no les corresponden ni son propios de su estado.Y como, tanto los dependientes de las religiones como los demás eclesiásticos, se atreven con osadía a perder el respeto de los jueces, el mal ejemplo que dan en ello a los seglares es causa para que éstos se contengan menos, y menosprecien sus órdenes. Aquéllos son unos países donde el poder y el atrevimiento pasa a ser desahogo en los eclesiásticos, y confiados en el fuero que gozan, tienen osadía para burlarse a cada paso de los corregidores, y aun de otros ministros más caracterizados; allí es (y nos parece que el único país) en donde se ve ir los eclesiásticos de mano armada a provocar, con osado descoco y satisfacción, a un ministro dentro de su casa, y a dejarlo abochornado a fuerza de libertades; allí donde se experi-mentan de noche cuadrillas de veinte y más frailes disfrazados por las calles, causando los alborotos que sólo pudieran esperarse de una gente perdida y arrestada; allí donde tienen poder para ir con absoluto despotismo a la cárcel y, sin que nadie se les pueda oponer, ponen en libertad al reo a quien la justicia quiere castigar, como sucedió en Cuenca pocos días antes que llegásemos a aquella ciudad el año de 1740; y allí es donde los jueces no se atreven a violar el asilo de las casas de los eclesiásticos para sacar de ellos los reos que se valen de él, como experimentamos en el pueblo de Lambayeque el año de [1740], pasando por él para Lima: que un simple clérigo tuvo atrevimiento para intentar apalear al corregidor porque fue a su casa a sacar un reo que acababa de dar de puñaladas a otro y se había retirado a ella; y últimamente, allí es donde no hay poder para que ejerza el suyo la justicia. Estos ejemplares con [que] los eclesiásticos se están excediendo y mofándose a cada paso de los jueces, sirven de norma para que los seglares no los miren con el respeto que debieran, y el demasiado abuso de aquéllos da ocasión a que el vicio de éstos sea más desmesurado.

52. No será mucho que los eclesiásticos hagan tanto desprecio, como queda visto, de la justicia, cuando lo hacen igualmente de sus mismos prelados. Y por esta razón no es factible el poderles ir a la mano, ni el castigar sus atentados, ni tampoco lo es el reformar la máquina infinita de abusos introducidos en aquellos países y anticuados en sus moradores desde los primeros que pasaron a ellos e hicieron allí su establecimiento. Estos desórdenes, cuyos orígenes son tantos y tan varios, son incorregibles, sus causas no se pueden del todo exterminar, y si en parte al menos no ataja sus aumentos la buena elección de los gobernadores y demás ministros, y el ver en éstos las circunstancias de desinteresados e imparciales, de buenas costumbres, afables con todos y severos con sólo aquellos cuya mala conducta se hace merecedora del castigo y del desagrado, y [si] esto no contiene los ánimos de aquellas gentes y los reduce a la razón, no hay método, según nuestros alcances, con que se pueda conseguir y que sea practicable en aquellas partes, pues todos cuantos se pueden imaginar parece que pierden su eficacia en la misma distancia y modo de plantificarlos.

SESION DECIMA

Trátase del gobierno civil y político del Perú, de la conducta
de sus jueces y de la poca utilidad de muchos empleos,
que se pudieran suprimir y resultar de ello beneficio
a la Real Hacienda

1. Todas las leyes establecidas entre las naciones sabias no reconocen otro objeto que el de contener los vicios propios en la naturaleza de los hombres, para que por su medio puedan superar la inclinación que los arrastra, y hacerse justicia a sí mismos, aun a costa de la repugnancia de haberse de vencer, apartándose de lo que propone, como más útil o conducente, el propio concepto, y siguiendo la dirección del ajeno. Pero como esta resolución sea tan ardua, cuanto que para ella es preciso sujetar a la naturaleza desapropiándola de los juicios que, como a hijos de su entendimiento, atiende y estima, por esto la sabiduría de los hombres, precaviendo que este obstáculo no oscureciese o embarazase la observancia de las leyes justas, entregándolas al olvido si se dejasen al arbitrio, dispuso que al paso que se formasen fuesen promulgadas con repetidos recuerdos, y las sostuviese el poder cuando la indiscreción o la repugnancia pretendiese destruirlas. Con este fin han sido establecidas en la república de las gentes los príncipes, los magistrados y los jueces particulares, para que subdelegándose la autoridad de unos en otros, se distribuya la justicia con equidad entre los mismos hombres, se les haga conocer los propios hierros y los defectos de la conducta, y el castigo sirva [para] contener a los que atentamente perjudican el derecho de las gentes haciendo agravio al bien común. Este es el verdadero instituto de los jueces en las repúblicas, y éste es el fin que debieran reconocer como objeto de su obligación. Pero como la ya viciada naturaleza no exceptúe a ninguno de [la] común sugestión del apetito, por esto sucede que unos, más endebles o con menos entereza [que] otros se dejan vencer más fácilmente, y a proporción que son las vías por donde las pasiones pueden inclinarse, son los precipicios que, con disfrazado engaño, se le presentan al ánimo para persuadirlo a que, falto de reflexión, se despeñe. De aquí podemos concluir que, así como el que está más abandonado a sus devaneos se halla con mayor proximidad de peligrar entre ellos, del mismo modo los países que ofrecen más ocasión son más expuestos a hacer caer aun a aquellos de mayor cautela. Esto viene a suceder en las Indias, cuyos vastos países sólo ofrecen principios y caídas para los que van a gobernarlas, como se irá viendo; por esto es necesario mucho más cuidado que en otros donde no sea tanto [el] riesgo, para haber de elegir los sujetos que hayan de ir con tal carácter.

2. Ya queda visto, por lo que se dijo en la sesión antecedente y otras, la despotiquez y libertad con que se vive en el Perú, y sería cosa extraña que no se extendiese esta franqueza, o por mejor decir, este vicio, aún hasta a los mismos jueces, en quienes, a proporción de la mayor superioridad, corresponde también más exención, y que [no] participasen ellos de lo que los demás, mayormente cuando, con el auxilio de la autoridad, tienen más ocasión de gozar mejor de los fueros que les permite la libertad del país.

3. Empieza el abuso del Perú desde aquellos que debieran corregirlo, y si inmediatamente no comprende a la primera cabeza o a los de mayor jerarquía, a lo menos lo consienten todos con tanta libertad en sus dependientes que lo que dejan de pecar por sí, se convierte en culpas de omisión, porque lo disimulan en sus allegados, de suerte que, a no ser mayor el daño que resulta de ello, no es nada menor.

4. Ofrece el Perú a los ojos de los que lo gobiernan [unos grandes atractivos]; con el lisonjero engaño de una despótica autoridad, [ofrece el Perú] el mayor engrandecimiento, cifrado en la ostentación tan grande del poder; con el imán de los metales preciosos, paladea a la codicia y al deseo, y con el atractivo de aquellas gentes, encanta, embelesa y hace que se venza a los aplausos el que pudiera apetecerlos menos. En estas tres circunstancias está envuelto todo el veneno que atosiga y mata el buen gobierno de aquellos reinos, y de cada una de éstas trataremos con particularidad, diciendo de ellas lo que fuere necesario.

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