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Хорхе Хуан и Антонио де Ульоа. Секретные сведения об Америке. Jorge Juan y Antonio de Ulloa. NOTICIAS SECRETAS DE AMERICA


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99. La ejecución de esta providencia aún es más ardua que la de enviar a los hombres vagabundos, no obstante el ser ésta tan difícil como se ha dado a entender. Y proviene de que las comunidades y demás eclesiásticos están allí sobre un pie tal que no solamente ellos gozan del fuero eclesiástico, sino que no hay juez que se atreva a violar el sagrado de las casas articulares que tienen fuera de la comunidad, donde viven con las concubinas, ni quien tenga osadía para emprender nada contra aquellas mujeres que corren de su cuenta. Esta es la dificultad inexpugnable que se encuentra en todo este asunto y la que no alcanza a vencer nuestro discurso por más que quiera buscar medios que la allanen, como se reconocerá por lo que diremos en particular sobre este asunto. Pero aunque no fuesen determinadamente estas mujeres, y que pareciese injusto condenar a unas y dejar a otras, que tienen mayor delito, sin pena, podrían enviarse todas las que redujesen su mala vida a la que tienen con los seglares, porque al paso que las otras son muchas, no son pocas éstas, y tantas que sobrarían para los hombres que se enviasen.

100. Puede decirse también que esta gente hecha a malas costumbres no convendría que estuviese a vista de unas que empezaban a convertirse, pero extra de que, según llevamos dicho, los institutos que allí se estableciesen les obligarían a que las mudasen en buenas, éstos que se enviasen no debían habitar en los pueblos de modernas conversiones, sino en donde los gobernadores hiciesen su residencia, que regularmente es en las capitales, hasta que después que estuviesen ya acostumbrados a las nuevas reglas de vida que se les diesen, pudiesen ir esparciéndose en las poblaciones que ellos mismos formarían interpoladas entre las de los indios; enseñándolos a que los tratasen como a otros hombres no diferentes de ellos, perderían el hábito que tienen de servirse de ellos, como lo ejecutan en los países españoles, de ajarlos y tratarlos con indignidad, para lo cual contribuiría mucho la primera institución de hacerlos que por sí cultivasen la tierra y sirviesen en los demás ejercicios y ministerios, aunque fuesen españoles (que es el nombre distintivo que tienen en aquellas partes para dar a entender que son blancos). Con esto perderían la gravedad y el aborrecimiento con que miran todos los trabajos, porque ellos mismos han establecido el abuso de que se hagan por los indios.

101. La última objeción, que se dirige contra los padres de la Compañía, es, a nuestro parecer, la de menos fundamento, aunque no se conciba así; porque el poner a su cargo y dirección las haciendas, y a su conducta los presidiarios, ni sería darles aquéllas, ni tampoco apropiarles por esclavos hombres libres. Las haciendas se pondrían en su poder como en administración, y cuando hubiese tantas desmontadas y aplicadas al cultivo que sobrasen para las que serían necesarias al fin de tener abundancia de simientes y raíces correspondientes a las que se hubiesen de distribuir en raciones, entonces se aplicarían al común de cada pueblo las que sobrasen, o se repartirían por mitad entre indios y españoles o mestizos, con prohibición de que ningunas se pudiesen vender, para que con este motivo no se les quitasen a los que tuviesen más derecho a ellas, para adjudicárselas a los hombres ricos. Y para que éstos pudiesen tener haciendas correspondientes a sus caudales, porque siempre conviene que en las poblaciones haya vecinos acaudalados, se les concede-ría que pudiesen desmontar a su costa las que eligiesen, como fuese por lo menos una o dos leguas en contorno de las poblaciones y apartados de ellas, y todas las que desmontasen y cultivasen quedarían para siempre en beneficio de los que lo hiciesen. Esta distancia que señalamos apartada de las poblaciones, es para que las comprendidas en ella quedasen reservadas a los indios y gente pobre, que necesita tener las suyas más cercanas a los pueblos para cultivarlas y acarrear sus simientes con comodidad. Si sucediese que la Compañía no se ciñese a tener una buena conducta en la administración de aquellas que administrase, cuyo caso no nos parece que se llegaría a experimentar, queriendo apropiárselas, entonces quedaba el recurso de informar al soberano para que, en su inteligencia, pudiese ordenar que pasase al gobierno que hubiese dado la queja un ministro de su Consejo de las Indias para que lo visitase, y dejando para el común de los recién idos las que fuesen necesarias, repartiese las otras entre el común del vecindario. Pero si la querella fuese injusta, se le daría facultad y mandaría por orden que castigase severamente a los promovedores de ella, por sediciosos y alborotadores.

102. Como sería conveniente que en cada gobierno hubiese colegios de la Compañía a proporción que fuese grande su población, convendría que, para su fundación y subsistencia se les adjudicase la décima parte (y si pareciese poco, otra mayor) de todas las que se fuesen repartiendo entre el común. Y además de éstas, les sería permitido el que, a su costa, pudiesen desmontar, fuera de los términos señalados, las que les pareciesen, a fin de que tuviesen buenas haciendas y pudiesen mantener bastante número de sujetos, el cual habría de ser correspondiente a las poblaciones, para que con ellos se pudiesen remudar los misioneros cuando unos estuviesen cansados, y acudir a las demás obligaciones de su estado e instituto en las poblaciones de españoles.

103. Como en estos gobiernos se menoscabarían muchas armas por el motivo de ser preciso usarlas frecuentemente en las salidas que se hiciesen contra los indios infieles, convendría que cada año se enviasen a cada uno 25 ó 30 armazones completos para infantería. Y la mayor parte de las que se destinasen a ellos, o todas, habrían de ser para infantería, que es en la forma que puede combatir la gente contra los indios en aquellos parajes, por ser todos ellos montuosos, fragosos y encenagados, pero si fuesen necesarias algunas de caballería, se podrían enviar cuando los gobernadores las pidiesen diciendo ser convenientes.

104. Convendría que se ordenase también a los oficiales reales a quienes tocase, que pagasen los sueldos de los gobernadores de estos países de misiones mensualmente, o como ellos lo quisiesen recibir según les tuviese más cuenta, pero con preferencia a todo otro, especificándose que aún a los de presidentes y oidores, sin descontarles ninguna cosa en la Caja Real, para que, nombrando cada gobernador su apoderado, estuviese socorrido con puntualidad y no necesitase salir del distrito de su gobierno para ir a la Caja Real a hacer pretensión de que se les socorra con lo que se les debe del sueldo, como sucede ahora. Pues como los oficiales reales los detengan la paga y no puedan conseguirla sino a costa de mucho tiempo de empeño y de cederles, por vía de regalo, una parte de ella, resulta el que lo más del tiempo se ven precisados a residir fuera del gobierno, lo cual no convendría entonces por ningún modo.

105. De la población y reducción de aquellos países, que al presente lo están únicamente de indios infieles, resultarían grandísimos beneficiosa Dios, al rey y a todos los españoles. El principal de ellos, con el cual no se puede comparar ningún otro, sería el de propagar la fe católica entre la muchedumbre de naciones bárbaras que los habita, dilatando la ley evangélica en ellas y sacando de la esclavitud del demonio tanta inmensidad de almas como se pierden por no haber entrado allí la caridad de la ley de Jesucristo. Este solo triunfo bastaría para no dilatarles a aquellas gentes tanto bien por más tiempo, rescatando sus almas con el conocimiento de la fe. Pero ya que nuestra fragilidad sea tanta que, para moverse a las cosas divinas, necesita ser estimulada de algún interés propio, en ninguna parte podrá encontrarlo mayor que en aquellas empresas, gloriosas por todos títulos, pues al paso que lo son para la mayor honra de Dios, lo son también para hacer próspera la nación española con el mucho usufructo que puede sacar de aquellos países.

106. Poblados tan vastos territorios como lo son aquéllos, y reducidos a la verdadera ley sus habitadores, se podría dar cultivo a las muchas plantas articulares que producen. De allí se podrían sacar la canela, tan exquisita como la del Oriente; la vainilla, tan selecta como la que producen otras provincias de las Indias, o mejor; el estoraque, fragantísimo, y las varias especies de gomas, resinas y frutos que, con particularidad y admiración, derraman aquellos bosques. Allí se podría trabajar en las muchas minas de oro en que se trabajó en aquellos primitivos tiempos de la , cuando algunos de aquellos gobiernos estuvieron en más prosperidad que la que tienen al presente, y desentrañando de la tierra los minerales de otras especies que encierra, se podría hacer un comercio grande, dándole a las naciones extranjeras lo que ellas venden en crecidos precios a los españoles por la falta de aplicación que ha habido en hacer que florezca el comercio de frutos de las Indias, nacido de haber estado reducido a metales ricos de oro y plata, por la lisonja de la primera impresión que hacen a la vista.

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