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Педро Санчес де Агилар. Доклад против идолопоклонников Епископа Юкатанского 1639. Pedro Sánchez de Aguilar. Informe contra los adoradores de ídolos del Obispado de Yucatán


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ados.
Y visto en mi Consejo Real de las Indias, y tratado sobre ello, se acordó se diesse la presente para vos, por la qual vos encargo y mando, que me informéis, (20) si los dichos Indios «desse Obispado idolatran como está referido, y que es la causa de que esto se haga (21) más en essa tierra, que en otras, y si reinciden por el poco castigo que se les da, y que se podría hazer para su remedio», con todo lo demás que se os ofreciere, y ocurriere ser necessario, advertirme, todo ello con vuestro parecer, para que visto, se provea lo que más conviniere al servicio de Dios, y mío. En Ventosilla a veinte y quatro de Abril de mil y seiscientos y cinco años. YO EL REY. Por mandado del Rey nuestro señor. ANDRÉS DE TOVALINA.
En esta Cédula aparece muy clara y evidentemente el celo real para exterminar la idolatría; a la cual contestó el muy sabio y mansísimo obispo Diego de Mercado, después arzobispo de Manila: el Real Consejo quedó informado perfectamente en vista de su relación de la audacia de los indios que despreciando el temor de Dios y de los hombres tomaban sus bebidas llamadas Balche, adoraban a los ídolos en sus casas, cavernas y cuevas, los llevaban procesionalmente en hombros, como se descubrió en la provincia de Bacalar, y yo muchísimas veces los aprehendí estando en 1606 con el cargo de Vicario Provincial en la villa de Valladolid y sus comarcas, por proceder con lenidad y usar de misericordia con ellos. A la relación del obispo y a otra mía, no faltó respuesta como se ve en la Cédula real siguiente.

Cédula Real, que el Obispo castigue, y extirpe la idolatría como mejor le pareciere
EL REY. Reverendo in Christo Padre Obispo de Yucatán, del mi Consejo, aviendo considerado en mi Consejo de las Indias quanto conviene al servicio de Dios y mío, poner remedio en quanto fuere possible en las idolatrías de los Indios dessa Provincia, que tan arraigadas están, me ha parecido, escriviros la presente:
«Por la qual os ruego, y encargo, que por vuestra parte procuréis con muchas veras escusar estas idolatrías, usando para ello de los medios que os pareciere más convenientes»; y procurando que los Clérigos de las doctrinas sean de las partes necessarias para que hagan el fruto que se pretende. De Madrid a nueve de Diziembre de mil y seiscientos y ocho años. YO EL REY. Por mandado del Rey nuestro Señor.
No será superfluo agregar otra Cédula que por este tiempo se envió, y nos servirá para el feliz logro de esta materia, y es como sigue:

Cédula Real de reprehensión al Governador Don Carlos de Arellano (22)
EL REY. Don Carlos de Luna y Arellano, mi Governador, y Capitán general de las Provincias de Yucatán, he entendido, que os lleváis mal con los Religiosos de la Orden de S. Francisco, y que os entremetéis en despachar mandamientos para todos los Governadores, y Alcaldes de los Indios, para que no den ningún favor, ni ayuda a ningún Religioso ni Clérigo, que quisiere castigar a algún Indio, por qualquier delito que aya cometido, de que resultará el perderles el respeto, y vivir sin ningún miedo; y que assí mismo os entremetéis en hazer informaciones contra los Religiosos, como en efeto lo hizistes contra un Guardián, que açotó algunos Indios porque no oían Missa, ni sabían la dotrina, y a los Alcaldes de los lugares por que lo consintieron, los prendistes; y por que quiero saber lo que en todo ha passado, y passa, os mando que me informéis dello con mucha particularidad; «y que en quanto pudiéredes procuréis no dar lugar a que los Indios pierdan el respeto a los Religiosos, (23) y que tengáis toda buena correspondencia con el Obispo dessa tierra», que dello me tendré por servido. (24)
De Madrid a veinte y quatro de Março de mil y seiscientos y nueve. YO EL REY. Por mandado del Rey nuestro Señor. IUAN DE ZIRIÇA.

Sexto fundamento
En este obispado muchísimos padres de la orden de S. Francisco tan doctos como piadosos, que enseñan a los indios nuestra Fe con la integridad de costumbres, constante vigilancia, y además con la doctrina en su mismo idioma; también hay multitud de clérigos diocesanos que con perfección hablan y predican en dicho idioma, de manera que nunca había habido en tiempos pasados tantos y tales ministros y predicadores de indios.
No puede decirse respecto de éstos, lo que el apóstol: «¿CÓMO OIRÁN SI PREDICADORES NO TIENEN?» (25) No son excusables de pecado; ni con justicia se quejarían como párvulos que pidiendo pan no hubiera quien se los repartiese: (26) pues casi todos los ministros tanto religiosos como clérigos, conforme a lo mandado por el Concilio de Trento (sess. 5 cap. 2) explican el Evangelio los domingos y días festivos.

Séptimo fundamento
Todos los indios desde niños aprenden y saben completamente la doctrina cristiana, a saber: la oración dominical, el Dios te salve María, el Credo, la Salve, los diez preceptos del Decálogo, los 14 artículos de la Fe, los pecados mortales, las obras de misericordia, los sacramentos y preceptos de la Iglesia, la Confesión general y demás rudimentos que el mencionado obispo Diego de Landa tradujo admirablemente en idioma de los indios, imprimió, y dichos religiosos han difundido; (27) no hay domingo que antes de la Misa mayor, no los digan en alta voz todos los indios congregados en la iglesia; y los ministros con constancia, les piden razón; los aprenden, los saben y los recitan, sabiendo perfectamente cual es la voluntad de Dios y lo que deben hacer para alcanzar la vida eterna. (28)

Octavo fundamento
En esta Provincia de Yucatán por todos lados, desde el promontorio que los navegantes llaman Cabo de Catoche, hasta lo último, es una y sola montaña plana, pero de tal manera densa y oscura por la multitud de árboles y hierbas, que cualquiera fácilmente puede esconderse y a diez pasos del camino no puede ser visto de los transeúntes; en dichas montañas hay innumerables cuevas, y cavernas entre piedras, donde adoran y esconden sus ídolos los indios; de manera que cualquiera de ellos, con motivo de ir y permanecer en sus sementeras, que sólo distan de sus pueblos una, dos, tres o cuatro leguas, según la latitud de los montes, muchas veces se detienen en dichos montes dos o tres semanas, despreciando los días festivos pues no asisten a las Misas solemnes, (29) y convidan a sus amigos y vecinos a la soledad para adorar sus ídolos.
Para sus ritos y ceremonias, beben por voto vino (Balche) (30) que elaboran de la raíz de un árbol especial y de un trigo a propósito: embriagados con él y poseídos de la lascivia, cometen pecados carnales después de los sacrificios y libaciones a los ídolos; todo esto lo ocultan a su párroco o ministro, aunque cuiden como Argos con cien ojos, el rebaño que se les confía; pero Dios Óptimo y Máximo, movido a misericordia; que no quiere se pierdan esas almas a quienes redimió, al derramar en el árbol de la cruz su misma sangre, satisfacer por nuestros delitos, y borrar la sentencia contra nosotros (Pablo), hace que todo se descubra a los Ministros que con celo cristiano vuelan a las montañas inaccesibles, hallan a los indios dormidos, embriagados con el vino: les aprehenden; después que han destruido los ídolos y quemado los altares; los traen a las ciudades; los tratan con misericordia hasta que los sentencian finalmente, oyendo al obispo y a sus oficiales generales; y les perdonan el castigo, como sucedió en 1605 que les aprehendió in fraganti cierto cura (Francisco Ruiz Salvago) en la provincia de Tchmul.
Ahora pregunto en el Señor, ¿cuándo, dónde, y en qué instante puede solicitarse el auxilio del brazo secular? puesto que aquella provincia dista de esta ciudad, donde reside el gobernador, 40 leguas, y la otra llamada Chancenot 50, donde con la gracia de Dios descubrí siendo cura el año pasado de 1606, una cueva de ídolos en el pueblo de Cehac, no lejos de la Iglesia, en la que yo aunque sacerdote indigno celebraba, e ingresando en el Santuario dirigía mis oraciones por los delitos y pecados del pueblo que se me había confiado, donde mis ovejas abandonaban al verdadero Señor y la fuente de aguas vivas, adorando a Astarot y a Baal. (31)
Si el obispo de Chiapas Bartolomé de las Casas, acérrimo defensor de los indios, hubiera visto esto, no dudo que se hubiera portado cual otro Matatías.
Yo destruí sobre sus altares, en el momento, los ídolos con ayuda de cierto capitán indio, don Juan Chan, especialmente siendo tan confirmado en la Fe; aprehendí a los delincuentes, los encarcelé, formé el proceso que remití al obispo Diego de Mercado con el principal que era el maestro o dogmatizante, como puede verse en dicho proceso, cuya copia hecha por el Escribano y por orden del obispo, envié al Real Consejo cuando escribimos acerca del auxilio del brazo secular

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