Skip to content

Педро Санчес де Агилар. Доклад против идолопоклонников Епископа Юкатанского 1639. Pedro Sánchez de Aguilar. Informe contra los adoradores de ídolos del Obispado de Yucatán


| Email This Post Email This Post | Print It Print It |
1 Star2 Stars3 Stars4 Stars5 Stars (21 votes, average: 2.43 out of 5)
Loading ... Loading ...



br />
16. Este gobernador creyó, al ocupar el lugar de Palacios, que debía conocer las causas de idolatría en vista de la real cédula que antes cité: 2º argumento, pág. 25. (Corresponde en esta edición a la pág. 195).

________________________________________
17. El autor siempre creyó que los Ministros cuidaban su rebaño.

________________________________________
18. Los idólatras eran castigados con leve pena.

________________________________________
19. El autor creyó debía aumentarse el castigo por este pecado.

________________________________________
20. El autor pidió a la real y católica persona el aumento del castigo.

________________________________________
21. El autor insinúa las causas.

________________________________________
22. Véase otra cédula semejante a ésta, enviada el año del Señor 1543, en el libro de Cédulas impreso en México, pág. 158.

________________________________________
23. Para que no sea vituperado nuestro ministerio.

________________________________________
24. Los obispos son sucesores de los apóstoles, y por lo mismo han de ser tenidos con honor y auxiliados.

________________________________________
25. S. Pablo a los Romanos. cap. X.

________________________________________
26. Si yo no hubiera venido, ni les hubiese hablado, no tendrían pecado: mas ahora no tienen excusa de su pecado. S. Juan, XV. 13, 22.

________________________________________
27. Ya no os llamaré esclavos, pues el esclavo ignora lo que su señor hace; mas os he llamado amigos porque os he comunicado cuanto he oído de mi Padre (S. Juan, XV). -El esclavo que sabe lo que su amo quiere, y no lo ejecuta, es digno de castigo.

________________________________________
28. Esta es la vida eterna, que a ti sólo Dios verdadero te conozcan así como a Jesucristo que has enviado, S. Juan, XVII.

________________________________________
29. Los indios, estando en sus sementeras, no oyen misa los días festivos.

________________________________________
30. Consúltese una real cédula prohibiendo a los indios americanos lo mismo con su vino llamado pulque, en la pág. 70 del libro de Cédulas.

________________________________________
31. Los sacerdotes, ministros del Señor, llorarán entre el vestíbulo y el altar, diciendo: Perdona, Señor; perdona a tu pueblo. Joel II.

________________________________________
32. que en esta Provincia los indios no tienen imágenes en sus casas, como las tienen los mexicanos.

________________________________________
33. No ay corregidores en Yucatán, porque son muy perjudiciales y por cédulas está prohibido, que no los aya, como consta por las cédulas que tiene la villa de Valladolid, mi patria.

________________________________________
34. Véase en la bula del Pontífice Alejandro VI, al principio del libro de Cédulas impreso en México, aquellas palabras: «procurad y debéis con zelo, atraer a los pueblos que viven en las tales islas y tierras, para que reciban la religión cristiana»; las cuales trae Fr. Manuel Rodríguez en su Compendio de Bulas, Tom. X, fol. 535.

________________________________________
35. Véase lo que trae Salcedo en su Práctica, c. 102, sobre la potestad de los Inquisidores p. et licet, donde refiere la real constitución, por la cual se prohíbe a todos los jueces seculares que no se metan en las causas que tocan a este foro. Véase también la Bula de Julio III dada en 1551, al fin del Repertorio de Inquisidores, fol. 118, donde habla tres veces con los obispos: la cual debe verse necesariamente; también para este décimo fundamento el Repertorio de Inquisidores en la palabra cognoscend. Allí: ¿acaso se quite a los Ordinarios la facultad de conocer, por la comisión que el Papa ha dado a los dichos inquisidores? Se responde que no porque el obispo puede conocer y juzgar sobre herejes y puede proceder contra ellos. Igualmente el Capítulo Sede vacante, según el cap. ad abolendam de haer,al principio, como los Inquisidores por ser deputados por la Silla Apostólica, según el cap. cum Inquisitionis de haeretic en la VI Clement. 1, igual título, pues porque el Papa depute a los Inquisidores acerca de la perversa herejía, no por esto parece que les quite a los Ordinarios la facultad de conocer y proceder sobre lo mismo, según en la d. c. per hoc. -Tollere ut indirect. C. per hoc.

________________________________________
36. Llámase apóstata al que desprecia nuestra religión, según el L. 5, tít. 26, part. 7.

________________________________________
37. Se indica a los gobernadores pasados.

________________________________________
38. El autor insinúa las causas de idolatría y culpa a los jueces seculares anteriores, que disputaban con los obispos sobre el conocimiento de las causas.

________________________________________
39. Ni comer, ni beber en honra del ídolo Lothitis, según el cap. sicut sanctius 32, q. 4, L. nemo 6 de paganis.

________________________________________
40. Refirió la verdad como perro ni mudo ni ciego.

________________________________________
41. Véase a Salcedo antes citado, cap. 102, p. et licet.

________________________________________
42. Antes. Luego presupone que hay casos en Derecho en los cuales no hay que pedir auxilio. -Y SI POR SU PARTE. Estas palabras están de acuerdo con las de la Cédula de recomendación del primer Inquisidor.

________________________________________
43. Mira que no se adormecerá ni dormirá el que guarda a Israel, Ps. CXX, 4.

________________________________________
44. La idolatría es apostasía; así Montalvo en la Ley 2., tít. 26, p. 7: o especie de herejía, a Gregorio López en la L. 45, tít. 25. p. 7, y a Villadiego en su tratado sobre la perversidad de la herejía, q. 20, conclus. 4, véase y fíjese.

________________________________________
45. Porque uno ahuyentaba a mil y a doce mil.

________________________________________
46. La idolatría es herejía o sabe a ella; es sacrilegio, como se dice en el Tercer Concilio Toledano, can. 16 y 1. nemo, C. de paganis y 1. si quis defunctum, C. de apostatis.

________________________________________
47. Véase cómo el Concilio impone castigo corporal. -Cap. contra los idólatras.

________________________________________
48. Véase el V Concilio de Cartagena, cap. 15.

________________________________________
49. Mucho debe notarse el III Concilio Toledano. -Flavio Recaredo, primer rey de los godos, año 589.

________________________________________
50. Fíjense los señores temporales, los encomenderos.

________________________________________
51. No es permitido ni a los reyes ni a los príncipes que conozcan del crimen de herejía, texto ni C. ut inquisitio, de haeretic. Lib. 6, que debe verse y a Gregorio López en la ley 5, tít. 26, part. 7.

________________________________________
52. A los abogados que favorecen o patrocinan a los herejes los llama el texto (in c. si adversus, de haeretis) infames.

________________________________________
53. Véase el texto in c. ad abolendam, de haeretic statuimus, donde se ordena a los señores temporales y a los rectores que presten todo su auxilio.

________________________________________
54. El autor invoca a Dios contra los idólatras.

________________________________________
55. Y el Deuteronomio, c. 21: para que se quite de vuestro medio el mal, y todo Israel tema.

________________________________________
56. El autor pide por la conversión de los idólatras.

________________________________________
57. Puesto que los sacerdotes son padres conforme al texto en el cap. quis dubitet 96, dist.

________________________________________
58. Véase el texto in cap. quamvis, y el cap. non solum, 11, q. 3.

________________________________________
59. Véase a Bobadilla en su política Lib. 2, cap. 17, núms. 1, 11 y 12.

________________________________________
60. Y S. Pablo, I Cor. c. 9, n. 9. Dichas palabras deben aplicarse a los obreros evangélicos. «¿Acaso Dios tiene cuidado de los bueyes? Y que ¿no por nosotros dice esto? si por nosotros están escritas y añade: No sabéis que los que trabajan en el santuario, comen de lo que es del santuario; y que los que sirven al altar, participan juntamente del altar?»

________________________________________
61. Concuerda con la ley 62, tít. 6, part. 2, que debe verse, allí. «Esta honra, &c».

________________________________________
62. Estas palabras, salvo otro parecer, son generales, y comprehenden a las justicias Indios.

Share and Enjoy:
  • del.icio.us
  • YahooMyWeb
  • Digg
  • E-mail this story to a friend!
  • Facebook
  • Google
  • Live
  • Technorati
  • Print this article!
  • MySpace
Tags: , , , , , , , , , , , ,

Related posts

Post a Comment

You must be logged in to post a comment.