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llos dadas».
Todas las corporaciones, particularmente las electivas, son desmemoriadas; así es que -«los dichos sres. justicia e regidores dijeron, que tal no habían visto, ni en este cabildo había sido presentado» -y en consecuencia ordenaron nuevamente al requerido hiciera la presentación de sus títulos. Entonces Fray Toribio exhibió dos cédulas expedidas en Pamplona a 15 de Noviembre y 12 de Diciembre de 1523, dirigida la una a los oficiales de la Casa de Contratación de Sevilla, y la otra a los gobernadores y justicias de América. La primera era el permiso que se concedía a los religiosos para pasar a estas partes, con la orden de que se les facilitara el pasaje y recursos necesarios: la segunda era una especie de pasaporte o credencial en que se ordenaba a la autoridad respectiva «que en todo lo que por los dichos frailes o por alguno de ellos fuera requerida e hubieran menester… los hubiera por encomendados». Con estas cédulas presentó Fray Toribio «dos bulas de su ministro general escritas en lengua latina… en que dijo estaba incorporada la bula de S. S. las cuales no se trasladaron (en el Acta) por su prolijidad… e así presentada dijo, que como quiera que otra vez estaban presentadas, a mayor abundamiento requería (al Ayuntamiento) que las cumpliera».
Fray Toribio tenía mucha razón en reprochar su olvido a los concejales, [XLIX] pues del mismo Libro de Cabildo consta que en la sesión de 9 de Marzo anterior, presente Gonzalo de Salazar, como uno de los tenientes de gobernador, y «de pedimento del P. Fr. Martín de Valencia, Custodio de la casa del Sr. S. Francisco, vistas las bulas que presentó ante sus mercedes en el dicho cabildo, dijeron que las obedecían como a mandamiento de Su Santidad, y que conforme a ellas podían usar de todas las cosas y casos en ellas contenidas en esta Nueva España». -El Ayuntamiento repitió la misma fórmula y protesta, manifestándose dispuesto a hacerlas efectivas en lo perteneciente «a la predicación e instrucción de los Indios»; mas «en cuanto a lo demás de la jurisdicción e judicatura cebil e criminal de que los dichos PP. Religiosos querían usar, dijeron que apelaban e suplicaban de dichas bulas, por ser en perjuicio de la preeminencia real e daño de la pacificación destas partes». -De conformidad con esta determinación les prohibió el Ayuntamiento usar de ambas jurisdicciones. Los pasajes referidos nos permiten conjeturar un hecho que no se encuentra mencionado en ninguno de los cronistas de la provincia, conviene a saber: que Fray Toribio se quedó en México después de la dispersión de sus hermanos, siendo también el primer guardián de su convento. El Padre Valencia debió conservar el carácter de Custodio.
Si bien las contradicciones que vemos asomar entre los religiosos y el gobierno, debían proceder en mucha parte del grande celo con que los Españoles han defendido siempre las prerrogativas del poder civil, en la ocasión eran fuertemente estimuladas por la adhesión que profesaban a Cortés, entonces vivamente perseguido por sus émulos, y sobre todo por el ardiente celo e infatigable perseverancia con que protegían a los infelices Indios, víctimas de la codicia y rudeza de los conquistadores. Aunque todos los religiosos hacían una profesión de conciencia en ampararlos y protegerlos, afrontando con el odio y con la persecución de los potentados, Fray Toribio sobresalía en esas calidades, adelantándose hasta un punto que quizá hoy no podemos calificar debidamente, porque tampoco conocemos todas las faces y secretos de aquella sociedad, trabajada por las discordias civiles que excitaban la ambición y la codicia, contrariadas por un celo religioso ardiente e inflexible.
Las incesantes quejas que recibía el Emperador del mal tratamiento que se daba a sus nuevos vasallos, le inspiraron la idea de crear el cargo de Protector de Indios, que encomendó por cédula de 24 de Enero de 1528 a Don Fray Julián Garcés y a Don Fray Juan de Zumárraga, primeros obispos, el uno de Tlaxcala y el otro de México. Este nombramiento caía en lo recio de aquellas turbaciones, y produjo sus naturales efectos. El gobierno colonial, que se encontraba muy mal avenido con esta especie de tribunado eclesiástico que se le imponía, pensó nulificarlo discurriendo dudas que le permitían paralizar su poder, mientras se consultaba con la corte, cuyas respuestas se hacían esperar meses y aun años. El Sr. Zumárraga [L] exigía, al contrario, su pronta obediencia; y como se discutía con la sangre ardiente, por intereses que en el sentir de los disputadores no admitían transacción, y el gobierno se consideraba con la facultad de resolverlos por las vías de hecho, la contienda se exacerbó hasta el extremo en que nos la pinta Fray Vicente de Santa María, testigo presencial de cuya relación, aun cuando rebajemos mucho, por las pasiones que entonces dividían a dominicos y franciscanos, siempre quedará lo bastante para descubrir un grande e importante fondo de verdad. Él decía al obispo de Osma en escrita el año de 1528, desgraciadamente sin indicación de mes, que el Sr. Zumárraga había mandado a los franciscanos que predicaran contra la Audiencia, y que los predicadores se extendieron hasta apellidar a los oidores- «ladrones y bandidos, ordenando a sus visitadores ese abstuvieran de proceder, bajo pena de excomunión. En mi presencia, añadía el narrador, han tratado de tirano al presidente de la Audiencia, aconsejando a los Indios que no los obedecieran cuando les mandaban trabajar en las obras públicas».
Las turbaciones producidas por estos sucesos se extendieron a todas partes, poniendo en lucha abierta a los conquistadores, ávidos de riquezas, con los pueblos esquilmados y agobiados bajo un yugo apenas soportable. A la energía de aquellos hombres, estimulada por su propio interés, parecía indecoroso ceder ante el débil obstáculo que oponía la resistencia de un puñado de frailes, y en consecuencia comenzaron las vías de hecho contra los renuentes. Éstos, como era natural, buscaron el arrimo y favor de los únicos que simpatizaban con su desgracia, y que en la ocasión eran sus protectores legales. Los caciques perseguidos se refugiaron al convento de Huexotzinco, implorando un asilo, y el animoso Fray Toribio se los otorgó, arrostrando con todos sus peligros (48). Prolongándose estas resistencias en el año de 1529, la Audiencia comisionó al alcalde Pero Nuñez para aprehender y enviarle bajo custodia a los caciques principales de Huexotzinco y sus familias, quienes noticiosos del caso se asilaron con sus bienes, el día 15 de Abril, en el convento de los franciscanos. Fray Toribio, su guardián, no solamente los acogió, sino que al otro día hizo notificar en toda forma a los agentes de la Audiencia la orden de salir de la población dentro de nueve horas, bajo pena de excomunión. Los testigos mandados examinar por la Audiencia deponían que Fray Alonso de Herrera la había apodado en un sermón llamándola «Audiencia del demonio y de Satanás»; y que Fray Toribio, que decía la misa mayor, cuando la hubo terminado, hizo una ligera plática «confirmando cuanto había dicho el predicador». -Los mismos testigos imputaban a los frailes, que aconsejaban a los Indios no pagaran los tributos que exigía la Audiencia, [LI] sino en la cuota que ellos les fijaban (49). En fin, el fraile dominico antes mencionado, decía que había faltado muy poco para que los Indios no se hubieran sublevado con las predicaciones de Fray Toribio. -Éste se denominaba en sus actos oficiales, Visitador, Defensor, Protector y Juez de los Indios en las Provincias de Huexotzinco, Tlaxcalla y Huacachula; títulos que le autorizaban para intervenir en los otros, y que legitimaban sus resistencias, despojándolas del carácter de inobediencia y aun de rebelión que les daban sus enemigos. Esa energía, ese valor civil, esa conciencia con que los frailes hacían frente al despotismo de los conquistadores, era el único escudo que defendía a los Indios. Fray Toribio, uno de los más animosos, si no el más, en esta parte de la América, aun fue acusado de regentear una conspiración: decíase que su plan era alzarse con el gobierno de la colonia, aunque reconociendo la soberanía del rey de España, pero prohibiendo enteramente la introducción de Españoles en el país, como obstáculos insuperables a la conversión de los Indios. Atribuíase el complot a los Padres Fray Luis de Fuensalida, Fray Francisco Ximénez y Fray Toribio, los tres, personajes eminentes, y miembros del famoso Apostolado (50). Si algo pudiera probabilizar esta imputación, sería la circunstancia de referirse a la época del intolerable despotismo y desorden del gobierno de los ofici

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