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Гонсало де Доблас. Историческая, географическая, политическая и экономическая памятка о Мисионес индейцев гуарани


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A ningún español o indio, establecido o empleado en los pueblos, debería permitírsele el que introdujera efectos para vender, ni aun los de su preciso uso, pues todos deberían comprarlos a la factoría; pero a ésta le sería permitido el venderlos con las licencias necesarias a los particulares que de fuera de la provincia viniesen a comprarlos para extraerlos, aun rebajando algo del precio en que regularmente se vendieran al menudeo a los establecidos dentro de ella, para aumentar así el ramo de comercio, y por consiguiente las utilidades de la factoría.
Al mismo tiempo que la factoría y factor deberían dar jornal y ocupación a todos los que lo pidiesen, y obligar por medio de las justicias a que trabajasen los ociosos, deberían también comprar a los indios, y aun a los españoles avecindados, cuantos frutos y efectos adquiriesen con su trabajo e industria por los precios que el gobierno hubiese establecido, aun cuando no le resultase utilidad ninguna de la venta que de ellos hubiese de hacer; pues sería cosa muy conveniente que todos tuviesen asegurada la venta del producto de su trabajo. Bien es que el gobierno tendría cuidado de poner ínfimos precios a los frutos y efectos poco necesarios, para separar a los indios de la aplicación a cosas inútiles, inclinándolos a las útiles por medio de los mejores precios y utilidades que les rindieran, como se dirá cuando se trate del gobierno.
Al cargo del mayordomo estaría, con la intervención, dirección y cuidado del factor, el comprar diariamente cuantos frutos y menudencias le llevasen a vender los indios, pagándoles de contado a los precios establecidos, para lo cual debería tener en su poder algún dinero de que se le tomaría cuenta al fin de la semana, recibiendo y almacenando lo que hubiese comprado, y entregándole el dinero suficiente para la semana siguiente. Este mismo mayordomo debería comprar y pagar el hilo que las indias hilasen y quisiesen vender, arreglando los precios según sus calidades, que en mi inteligencia debía pagárseles a 3 reales la libra de pabilo, a 4 la de hilo para lienzo grueso, a 7 el de mediano, a 12 el de fino y a 16 el superfino, y venderlos en la pulpería a medio real la libra de algodón en rama, o a 10 reales la arroba, en el supuesto de que se les compraría a 8 reales la arroba del que quisiesen vender de sus cosechas.
El hilo que se acopiase podría destinarse para lienzos según sus calidades, pagando a los tejedores su trabajo, según las varas y calidades de las piezas.
El factor debería tener atahona para que todos los que quisiesen moler trigo tuvieran dónde hacerlo, sin más paga por la molienda que la que se considerase suficiente para mantener peones, mulas y composturas -88- de atahonas; y así mismo tendría trapiches, y todos utensilios para moler la caña y beneficiar la miel y azúcar; y, en fin, tendría todas aquellas oficinas que no es fácil las costeen los pobres, y que por falta de ellas o no siembran ni plantan aquellos efectos, por la imposibilidad de beneficiarlos, o los pierden, por falta de ellos.
También deberían mantener inmediatos a los pueblos una buena porción de bueyes para alquilarlos a los que los necesitasen para sus labranzas, fuesen españoles o indios; bien es que a éstos se les arreglaría un precio moderado que sólo sufragase el menoscabo de los bueyes y salarios de pastores.
A ninguno debería dársele nada de balde, pudiendo trabajar, para que así cada uno procurara tener bueyes, caballos y todo lo necesario para ahorrarse de tener que pagar alquileres.
En poder del factor no debería extinguir ni por un solo día dinero, ni cosa alguna que perteneciese a la factoría, pues todo habría de almacenarse bajo de las tres llaves dichas; y entre tanto se verificaba al fin de cada semana, que permaneciese en poder del mayordomo y demás destinados al manejo, y que el factor cuidase de la conducta de éstos, y de tomar las cuentas semanalmente como queda dicho.
Tampoco se le debería permitir al factor, ni a ningún otro de los empleados, el tomar de la pulpería, carnicería ni almacenes cosa alguna con pretexto de suplemento, ni al fiado para el gasto diario, pues toda lo había de comprar al contado, y si tenía alguna necesidad, con la orden del gobierno y formalidades necesarias se les podía socorrer en dinero a cuenta de la parte de utilidad que en el ajuste de cuentas le correspondiese; ni tampoco habían de servirse de bueyes, caballos ni otros aperos de la factoría en sus fines particulares, si no es pagando de contado los alquileres de todo.
Deberían suprimirse y venderse, a beneficio de la factoría, todos los muebles y utensilios de cocina y refectorio, sin dejar otros muebles que los precisos para alhajar y adornar las casas capitulares, cuanto de hospedería del gobernador y algunos otros de esta clase; y estos muebles tenerlos y conservarlos como consejiles, destinados para ornatos de los mismos pueblos.
Los frutos comerciables sobrantes de los pueblos se deberían remitir por los factores a los parajes en que pudieran tener mayor beneficio en su venta, particularmente a la capital de Buenos Aires, para que los vendiesen -89- a beneficio de la factoría y les remitiesen con su producto lo que pidiesen; y para que este giro fuese ventajoso y no estuviese expuesto a perjuicios e inconvenientes, me parece debía establecerse en esta forma.
Por la Junta superior de propios y arbitrios de Buenos Aires, o por quien la Superioridad tuviese por conveniente, pudieran nombrarse en aquella ciudad tres o cuatro sujetos de calidad, y con las fianzas convenientes, para apoderados de los pueblos, habilitándolos para que pudiesen recibir encomiendas de ellos; y que a éstos y no a otros dirigieran los factores las haciendas de sus respectivos manejos, pero dejándoles la libertad de elegir de estos apoderados aquel que quisieren, y la de remover las encomiendas cuando lo considerasen útil a sus intereses, sin necesitar de pruebas, como tampoco las necesitarían los mismos apoderados para excusarse a recibir las encomiendas cuando no les acomodase el recibirlas, así como se practica entre comerciantes. Y que estos apoderados estuviesen dependientes y sujetos a los respectivos pueblos de quien tuviesen encomiendas, para arreglarse a sus disposiciones, rendir las cuentas cuando se las pidieran y todo lo demás concerniente al manejo que administraba, entendiéndose sin perjuicio de las disposiciones y reglas que tuviese a bien darles la Superioridad, y demás que expresaré cuando trate del gobierno político de estos pueblos y modo con que los factores deberían rendir sus cuentas.
Con esta providencia se conseguiría el que los apoderados, por conservar las comisiones que ya tuviesen, y por adquirir otras más que pudieran agregárseles de otros pueblos, procurarían ser puntuales en el desempeño de sus cargos, dando el mejor valor a los efectos que se les remitiesen, y comprando con la posible equidad lo que se les pidiese; y asegurarían la confianza de los naturales y factores con el cotejo que harían de las ventas y compras de unos y otros apoderados, lo que jamás podrán hacer siendo uno solo como lo ha sido hasta ahora el que administre sus haciendas, evitándose también el perjuicio que se seguiría de que cada pueblo tuviese su apoderado particular, como algunos han opinado, en lo que concibo mayor perjuicio que en que haya uno solo.
Para que todas estas cosas se observasen con igualdad y puntualidad en todos los pueblos, era preciso formar una instrucción, en que menudamente con claridad y método se arreglase el gobierno económico de cada pueblo, y que sirviese de ordenanza a los factores y demás empleados en este manejo, la que, en caso necesario, me sería fácil de formar, mediante la práctica y conocimiento que tengo de cuanto se practica y puede practicarse.
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Arreglado y puesto en práctica el método propuesto, serían en mi concepto infalibles las favorables resultas, así para la factoría como para los indios, pues tenían seguros los jornales, y dónde proveerse en todas sus necesidades, los que no tuviesen labranzas propias, y los que las tuviesen la seguridad de vender todos sus frutos a un precio fijo y determinado; y la factoría la seguridad de unos crecidos aumentos en todos los ramos que beneficiase, no quedándome duda que en un pueblo de medianos fondos y proporciones no bajarían de 8 a 10.000 pesos las utilidades anuales, aun considerados a los principios y con solas las faenas presentes, lo que evidenciaré a usted con el siguiente tanteo.
En un pueblo cuyas estancias tengan 20.000 cabezas de ganado vacuno, no baja el procreo de 4.000 de yerra al año; y teniendo, como todas tienen, crías de yeguas y de mulas, producen también el aumento de las crías; de modo que tengo bien averiguado que, rebajando las que se mueren, pierden, roban, consumo anual de estancias, y computando jornales de peones y capataz, pasa de 3.000 pesos el valor del aumento anual en una estancia como la propuesta.
En un pueblo que tenga 1.200 almas entre chicos y grandes, no baja el consumo anual de 2.500 cabezas de ganado; y aunque no regulemos sino 2.000, considerando las restantes para dar de comer a los peones que trabajaren por cuenta de la factoría, y consideremos un peso de utilidad en cada una, según lo que dejo dicho, son 2.000 pesos.

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